Los International Commerce Terms (Incoterms) los define la Cámara Internacional de Comercio (International Chamber of Commercce – ICC por sus siglas en inglés), son 11 y cada uno tiene sus características y particularidades, al tiempo que están divididos por medios de transporte. Los mismos regulan:
  • En qué momento y lugar se produce la transferencia de riesgos sobre la mercancía, del vendedor al comprador.
  • El lugar de entrega de la mercancía.
  • Quién contrata y paga los gastos de transporte y seguro.
  • Qué documentación tiene que tramitar cada una de las partes.

Los Incoterms, son reglas formadas por un conjunto de términos de tres letras que regulan las responsabilidades de las empresas en los contratos de compraventa de mercancías, aceptadas por gobiernos, empresarios y profesionales en todo el mundo para la interpretación de los términos más comunes utilizados en el Comercio Internacional.

¿Cuáles son estos Incoterms?

EXW, FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT, CIP, DPU, DAP, DDP

¿Qué significa cada término?

EXW: Ex Works (en fábrica)

  • El vendedor / exportador le entrega la mercancía al comprador en sus propios almacenes (los del vendedor), por lo que solo tendrá que ocuparse de empaquetar la mercancía.
  • El comprador / importador se encarga de todos los gastos y corre con todos los riesgos desde que recoge la mercancía en el almacén del vendedor. Una vez que sale del almacén, antes de cargarla, el comprador tiene todas las responsabilidades sobre la carga. El seguro no es obligatorio, pero si se contrata corre a cargo del comprador, que es el que asume el riesgo.

Por tanto, el Incoterm EXW solo debe utilizarse cuando el vendedor entregue la mercancía en sus instalaciones, si se hace en cualquier otro lugar debe utilizarse otro término.

FCA: Free Carrier (libre transportista)

  • El vendedor entrega la mercancía al comprador en un punto pactado previamente y asume los costes y los riesgos hasta que se entrega la mercancía en dicho punto, incluyendo los costes del despacho aduanero para la exportación. Por lo tanto, el vendedor se encarga del transporte interior y las gestiones aduaneras de exportación, a no ser que el el sitio pactado sean las instalaciones del vendedor (FCA almacén), por lo que en la que se entrega en dicho punto una vez cargada en los medios de transporte dispuestos por el comprador, que es el que asumirá el coste de la carga.
  • El comprador, como hemos comentado, es el que asume los gastos desde la carga a bordo hasta la descarga, incluyendo el seguro en el caso de contratarlo ya que es la persona que corre con el riesgo a la hora de cargar la mercancía en el primer medio de transporte.

FAS: Free Alongside Ship (libre al costado del buque)

El vendedor, como su propio nombre indica, entrega la mercancía en el muelle de carga del puerto de origen al lado del buque donde se transportará la mercancía. El vendedor es quien asume todos los gastos hasta la entrega, incluidos los trámites aduaneros de exportación.

El comprador se encarga de la carga mientras vaya a bordo del buque, además de su estiba, flete y demás gastos hasta que se entrega en destino, incluido el despacho de importación y el seguro (si se ha contratado por acuerdo entre las partes, ya que no es obligatorio). Igualmente, asume los riesgos en el momento en que la mercancía se encuentra en el muelle de carga antes de subirla al buque.

Este Incoterm solo se utiliza para el transporte marítimo, normalmente para productos especiales por sus necesidades de carga. No suele ser muy común en cargas paletizadas o en contenedores.

FOB: Free On Board (libre a bordo)

El vendedor corre con todos los gastos y riesgos hasta que la mercancía se sube a bordo del medio de transporte, así como del despacho de exportación y gastos en origen. Por otra parte, también se encarga de contratar el transporte en caso de que corra por cuenta del comprador.

El comprador se encarga de los costes del flete, descarga, trámites de importación, entrega en destino y del seguro en caso de que se haya contratado. Los riesgos se transmiten en el momento en que la mercancía está a bordo.

El Incoterm FOB solo se utiliza para el transporte marítimo y no debe utilizarse para la mercancía que vaya en contenedores ya que la responsabilidad se transmite cuando la mercancía se carga a bordo del buque, es decir, cuando los productos tocan físicamente el suelo del buque, pero en el caso de los contenedores no se cargan en cuanto llegan a la terminal, por lo que si la mercancía sufre algún daño mientras está en el contenedor sería muy complicado establecer el momento en el que ocurrió.

CFR: Cost, Insurance and Freight (coste, seguro y flete)

El vendedor se encarga de todos los costes hasta que la mercancía llega al puerto de destino, incluyendo el despacho de exportación, los gastos de origen, el flete y normalmente los gastos de descarga.

El comprador corre con los trámites de importación y el transporte interior hasta el destino. Asume los riesgos desde que la mercancía está a bordo, por lo que suele ser frecuente contratar un seguro, aunque no es obligatorio. Asimismo, asume los gastos de importación el transporte interior hasta el destino.

Solo se utiliza en el transporte marítimo.

CIF: Cost, Insurance and Freight (coste, seguro y flete)

El vendedor corre con todos los gastos hasta que la mercancía llega al puerto de destino al igual que el CFR (despacho de importación, gastos en origen, flete y normalmente los gastos de descarga). Además, el CIF requiere de un seguro desde el origen, aunque el riesgo sea transferido al comprador en el momento en que la mercancía está a bordo del buque. Asimismo, el comprador asume los gastos de importación el transporte interior hasta el destino.

Por otra parte, solo se utiliza en el transporte marítimo. Es uno de los más utilizados ya que determina el valor en aduana.

CPT: Carriage Paid To (transporte pagado hasta)

En el CPT el vendedor corre con todos los gastos hasta que la mercancía se pone a disposición del vendedor en el lugar acordado por las dos partes, lo que supone gastos de origen, despacho de exportación, pago del transporte principal y normalmente, los gastos de destino (ej.: transporte interior)

El comprador se encarga de los trámites de importación y el seguro en caso de que se contrate. En cuanto al riesgo, pasa a ser del comprador cuando la mercancía se carga en el primer medio de transporte contratado por el vendedor.

El Incoterm CPT sirve para todos los medios de transporte

CIP: Carriage and Insurance Paid (transporte y seguro pagados hasta)

El vendedor los gastos corren a su cargo hasta entregar los productos en el destino convenido, es decir, los gastos de origen, despacho de exportación, flete marítimo y el seguro, que en esta ocasión es obligatorio.

El comprador, por su parte, tiene que asumir los trámites de importación y la entrega en destino. El riesgo se traspasa cuando la mercancía se carga en el primer medio de transporte.

DPU: Delivered at place Unloaded (entregada en lugar descargada)

El vendedor cuenta con la obligación de pagar los costes y riesgos de todos los trámites de origen, es decir, embalaje, carga, despacho de exportación, flete, descarga en destino y entrega en el punto pactado previamente entre las partes.

El comprador se encarga de todos los trámites del despacho de importación.

DAP: Delivered At Place (entregado en un punto)

El vendedor se encarga de todos los riesgos y gastos del trato excepto el despacho de importación y los gastos de descarga en destino. Por tanto, el vendedor asume los gastos de origen, el flete y el transporte interior. En caso de que se contrate un seguro (no es obligatorio) sería el vendedor quien asumiese los gastos.

El comprador, por tanto, solo corre con el despacho de importación y los gastos de descarga.

Se puede utilizar con todos los medios de transporte.

DDP: Delivered Duty Paid (entregado con derechos pagados)

El vendedor pagará todos los gastos y riesgos que tengan lugar desde el embalaje de la mercancía y su correspondiente verificación en el almacén hasta que los productos lleguen a su destino final, incluyendo los despachos de importación y exportación, flete y seguro en caso de que se contrate.

El comprador solo se encarga de recibir la mercancía y normalmente de su descarga, aunque no es obligatorio que se ocupe él, sino que también puede hacerlo el vendedor (según acuerdo).

Como podrás observar, este Incoterm es el opuesto al EXW, ya que el vendedor es el que asume todos los riesgos y gastos.

A modo de resumen:

Incoterms para cualquier medio de transporte

EXW (Ex Works): el comprador tiene que recoger la mercancía directamente en las instalaciones del vendedor (normalmente un almacén o fábrica). Desde ahí, el comprador se hace cargo de los gastos y riesgos.

FCA (Free Carrier): el vendedor entrega la mercancía en un punto acordado con el comprador, siempre dentro del país de origen. Las gestiones y los gastos asociados corren a cargo del vendedor hasta la recogida.

CPT (Carriage Paid To): el vendedor asume el coste del envío hasta el país de destino u otro lugar acordado. Pero cuando la mercancía ya está en manos del transportista, el riesgo pasa al comprador.

CIP (Carriage And Insurance Paid): es similar al CPT, pero el vendedor también paga el seguro.

DAP (Delivered at Place): ambas partes acuerdan un punto de entrega y el vendedor corre con todos los gastos y riesgos hasta que el comprador recoge la carga. No se incluyen los gastos de importación, que los paga el comprador.

DPU (Delivered at Place Unloaded): la entrega, con descarga incluida, se realiza en el lugar elegido por el comprador. Este solo tiene que pagar el despacho de importación. Los demás gastos son responsabilidad del vendedor.

DDP (Delivered Duty Paid): es la modalidad más cómoda para el comprador, ya que el vendedor se ocupa de todo: transporte, descarga, seguro, importación…

Incoterms para medios marítimos y navegables

FAS (Free Alongside Ship): normalmente se usa para cargas muy voluminosas o a granel. El vendedor deja la mercancía en el puerto elegido, al lado del barco que lo transportará.

FOB (Free on Board): esta es una de las reglas más usadas para transporte marítimo. El vendedor transfiere la mercancía a bordo del buque, no se limita a dejarla en el muelle. No se aplica a transporte fluvial.

CFR (Cost and Freight): el vendedor paga todos los gastos de transporte, desde que la mercancía se carga en el buque hasta que llega a tierra en el puerto de destino. Sin embargo, el comprador se hace cargo de los posibles daños desde el momento del embarque.

CIF (Cost Insurance and Freight): al igual que con el CFR, el vendedor cubre todos los gastos de transporte, pero aquí se incluye también el seguro.

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Las imágenes utilizadas en este post son propiedad de DSV. 

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